El IRS recuerda a los contribuyentes que viven y trabajan en el extranjero de la fecha límite del 15 de junio

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El Servicio de Impuestos Internos recordó hoy a los contribuyentes que viven y trabajan fuera de los Estados Unidos que deben presentar sus declaraciones de impuestos federales del 2020 antes del martes 15 de junio. Esta fecha límite se aplica tanto a los ciudadanos estadounidenses como a los extranjeros residentes en el extranjero, incluidos los que tienen doble ciudadanía.

Así como la mayoría de los contribuyentes en los Estados Unidos están obligados a presentar sus declaraciones de impuestos a tiempo con el IRS, los que viven y trabajan en otro país también deben hacerlo. Normalmente, se concede una extensión automática de dos meses para los que se encuentran en el extranjero y en 2021 esa fecha sigue siendo el 15 de junio, aunque la fecha límite normal para la presentación de impuestos se extendió un mes del 15 de abril al 17 de mayo.

Beneficios y calificaciones

Generalmente, el requisito de presentar una declaración de impuestos aplica incluso si un contribuyente califica para beneficios tributarios, como la Exclusión de ingresos en el extranjero (en inglés) o el Crédito tributario extranjero (en inglés), que reducen sustancialmente o eliminan la obligación tributaria de los EE. UU. Estos beneficios tributarios sólo están disponibles si un contribuyente elegible presenta una declaración de impuestos de los EE. UU.

Un contribuyente califica para la fecha límite especial de presentación del 15 de junio si tanto su domicilio tributario como su domicilio están fuera de los Estados Unidos y Puerto Rico. Aquellos que sirven en el ejército fuera de los EE. UU. Y Puerto Rico en la fecha de vencimiento regular de su declaración de impuestos también califican para la extensión hasta el 15 de junio. El IRS recomienda adjuntar una declaración si aplica una de estas dos situaciones.

Informes requeridos para cuentas y activos extranjeros

La ley federal requiere que los ciudadanos estadounidenses y los extranjeros residentes informen cualquier ingreso mundial, incluidos los ingresos de fideicomisos extranjeros y cuentas bancarias y de valores extranjeras. En la mayoría de los casos, los contribuyentes afectados deben completar y adjuntar el Anexo B a su declaración de impuestos. La Parte III del Anexo B pregunta sobre la existencia de cuentas en el extranjero, como cuentas bancarias y de valores, y generalmente requiere que los ciudadanos estadounidenses informen el país en el que se encuentra cada cuenta.

Además, es posible que algunos contribuyentes también tengan que completar y adjuntar a su declaración el Formulario 8938, Declaración de activos financieros extranjeros (en inglés). Por lo general, los ciudadanos estadounidenses, los extranjeros residentes y ciertos extranjeros no residentes deben declarar activos financieros extranjeros específicos en este formulario si el valor agregado de esos activos excede ciertos umbrales. Consulte las instrucciones de este formulario para obtener más detalles.

Fecha límite de presentación de informes de cuentas extranjeras

Aparte de declarar activos financieros extranjeros específicos en su declaración de impuestos, los contribuyentes con un interés en, o firma u otra autoridad sobre cuentas financieras extranjeras cuyo valor agregado excedió los $10,000 en cualquier momento durante el año 2020, deben presentar electrónicamente ante el Departamento del Tesoro con la Red de Ejecución de Delitos Financieros. (FinCEN) Formulario 114, Informe de cuentas bancarias y financieras extranjeras (FBAR, en inglés). Debido a este umbral, el IRS alienta a los contribuyentes con activos en el extranjero, incluso los relativamente pequeños, a verificar si este requisito de presentación aplica a ellos. El formulario sólo está disponible a través del Sitio web del Sistema de presentación electrónica de BSA (en inglés).

La fecha límite era el 15 de abril de 2021, para presentar el Informe anual de cuentas bancarias y financieras extranjeras (FBAR, en inglés), pero FinCEN otorga a los contribuyentes que no cumplieron con la fecha límite original una extensión automática hasta el 15 de octubre de 2021 para presentar el FBAR. No es necesario solicitar esta extensión.

Informe en moneda estadounidenses

Cualquier ingreso recibido o gasto deducible pagado en moneda extranjera debe declararse en una declaración de impuestos de EE. UU. en moneda estadounidense. Asimismo, los pagos de impuestos deben efectuarse en moneda estadounidense.

Tanto el Formulario 114 de FINCEN como el Formulario 8938 del IRS requieren el uso del tipo de cambio del 31 de diciembre para todas las transacciones, independientemente del tipo de cambio real en la fecha de la transacción. Generalmente, el IRS acepta cualquier tipo de cambio publicado que se use de manera consistente. Para obtener más información sobre los tipos de cambio, consulte Divisas y tipos de cambio de divisas (en inglés).

Informes de expatriados

Los contribuyentes que renunciaron a su ciudadanía estadounidense o dejaron de ser residentes permanentes legales de los Estados Unidos durante el año 2020 deben presentar una declaración de impuestos de extranjero de doble estatus (en inglés) y adjuntar el Formulario 8854, Declaración de expatriación inicial y anual (en inglés). También se debe presentar una copia del Formulario 8854 ante el Servicio de Impuestos Internos, 3651 S IH35 MS 4301AUSC, Austin, TX 78741, antes de la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos (incluidas las extensiones). Para obtener más detalles consulte las instrucciones de este formulario y el PDF del Aviso 2009-85, Directrices para expatriados según la Sección 877ª (en inglés) PDF.

Hay más tiempo disponible

Hay tiempo adicional disponible para aquellos que no pueden cumplir con la fecha del 15 de junio. Los contribuyentes individuales que necesiten tiempo adicional para presentar la declaración pueden solicitar una prórroga de presentación hasta el 15 de octubre imprimiendo y enviando por correo el Formulario 4868, Solicitud de Prórroga Automática para Presentar la Declaración del Impuesto de Ingreso Personal de los Estados Unidos. El IRS no puede procesar solicitudes de extensión presentadas electrónicamente después del 17 de mayo de 2021. Averigüe dónde enviar su formulario por correo.

Las empresas que necesitan tiempo adicional para presentar sus declaraciones de impuestos sobre los ingresos deben presentar el Formulario 7004, Solicitud de prórroga automática de tiempo para presentar determinadas declaraciones de impuestos sobre los ingresos, información y otras declaraciones comerciales (en inglés).

Extensión de zona de combate

Los miembros de las fuerzas armadas califican para una extensión adicional de al menos 180 días (en inglés) para presentar y pagar impuestos si aplica alguna de las siguientes situaciones:

Sirven en una zona de combate o tienen un servicio calificado fuera de una zona de combate o
Sirven en despliegue fuera de los Estados Unidos fuera de su lugar de destino permanente mientras participan en una operación de contingencia. Esta es una operación militar que es designada por el secretario de la Defensa o miembros de los servicios uniformados fueron llamados al servicio activo (o los siguen en servicio activo) durante una guerra o una emergencia nacional declarada por el Presidente o el Congreso.

Los plazos también se amplían para las personas que prestan servicios en una zona de combate o durante una operación de contingencia en apoyo de las Fuerzas Armadas (en inglés). Esto aplica al personal de la Cruz Roja, a los corresponsales acreditados y al personal civil que actúa bajo la dirección de las Fuerzas Armadas en apoyo de esas fuerzas.

Los cónyuges de personas que sirvieron en una zona de combate u operación de contingencia generalmente tienen derecho a las mismas extensiones de fecha límite con algunas excepciones. Los detalles de la extensión y más información sobre impuestos militares están disponibles en la Publicación 3 del IRS, Guía de impuestos de las Fuerzas Armadas (en inglés).

Para más información tributaria visite IRS.gov

La ayuda tributaria y la información sobre la presentación de declaraciones están disponibles en cualquier momento en IRS.gov. El sitio web del IRS ofrece una variedad de herramientas en línea para ayudar a los contribuyentes a responder preguntas tributarias comunes. Por ejemplo, los contribuyentes pueden buscar en el Asistente Tributario Interactivo, Temas tributarios y Preguntas frecuentes (en inglés) para obtener respuestas comunes. IRS.gov/pagos proporciona información sobre opciones de pago electrónico.

Fuente: IRS

Alfredo Gaxiola ha trabajado en numerosos casos de problemas relacionados con el IRS y se ha establecido exitosamente con este mismo para liberar embargos sobre casas, cuentas bancarias y salarios y, en caso necesario, para establecer un plan de pago en cuotas que no sea una carga para el cliente. Ha dirigido apelaciones ante el Tribunal Fiscal de los EE.UU. y ha obtenido resoluciones favorables en la reducción de la deuda tributaria de sus clientes. El Sr. Gaxiola se desempeñó como Tesorero de la Cámara de Empresarios Latinos, una de las mayores y más sólidas organizaciones de hispanos en la ciudad de Houston. Además, ha dirigido seminarios financieros y contables para el "Houston Small Business Development Corporation".

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